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martes, 1 de octubre de 2019

COBRAR EL PARO Y SER AUTÓNOMO YA ES POSIBLE


Con la nueva modificación de la ley que regula el trabajo de los autónomos, se podrá cobrar el paro pendiente al mismo tiempo que se inicia una actividad por cuenta propia. La modificación introduce más ventajas en el cobro y capitalización del paro, la tarifa plana y otras bonificaciones.


La reforma de esta normativa pretende facilitar el autoempleo y mejorar las condiciones del trabajo autónomo. Se publicó el BOE el 10 de septiembre y se aplicará a partir del 10 de octubre.
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A la hora de cobrar el paro

Hasta ahora, solo los menores de 30 años podían terminar de cobrar el paro mientras iniciaban una actividad por cuenta propia. Ahora se ha eliminado el límite de edad.
Podrás seguir cobrando el desempleo durante los primeros 9 meses que te establezcas como autónomo.

Además, se han incluido las siguientes medidas:
  • Reanudar el cobro del paro después de cinco años. Si el negocio por tu cuenta no te van bien, puedes volver a cobrar el paro al que tenías derecho antes de establecerte como autónomo. Hasta ahora, también lo podías hacer, pero solo hasta los dos años desde el inicio de la actividad. A partir de que entre en vigor la modificación, podrás darle una oportunidad a tu negocio hasta los cinco años. Ahora bien, tendrás que justificar el cese de negocio a partir del segundo año.

  • Capitalización del paro al 100% para todas las edades. Hasta ahora, solo los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35 años tenían la posibilidad de pedir el cobro del paro que les correspondía en un único pago. El resto contaba un límite del 60%. Con la reforma, se eliminan las restricciones por edad. Ten en cuenta que los gastos que se financian con este pago hay que justificarlos documentalmente.
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  • Capitalización del paro para constituir una sociedad. Antes esta era una de las cláusulas que te impedía solicitar el pago único; sin embargo, ahora es posible si tienes el control efectivo de la empresa.
  • Capitalización del paro de los autónomos. También será posible a partir de ahora. Si tienes paro acumulado de cuando trabajabas por cuenta ajena, tendrás que elegir entre el paro suspendido y el que te corresponda como autónomo por cese de actividad.

Novedades en la tarifa plana

La tarifa plana supone una reducción temporal de la cuota de la Seguridad Social para los nuevos autónomos. Al principio solo era para menores de 30 años, pero luego se amplió para cualquier edad.

Para hombres mayores de 30 años y mujeres mayores de 35 años, la duración máxima es de 18 meses. Los 6 primeros meses se pagan 50 euros, los 6 siguientes se aplica una bonificación del 50% y los últimos 6 meses tendrás que pagar solo el 80% de la cuota.
Los que no alcanzan estas edades, tienen una bonificación adicional. Podrán pagar solo el 70% de la cuota durante un año más. En total, tienen 30 meses de bonificación.

Además, la tarifa plana de los 6 primeros meses se ha reducido a 50 euros, en lugar de 53,24. Esto en el supuesto de que se cotice por la cotización más baja. Si optas por una cotización más alta, tendrás derecho al 80% de bonificación los primeros meses.
Otras ventajas que afectan a la tarifa plana:

  • Los autónomos que contraten trabajadores también podrán acogerse a esta bonificación. Antes no se podía.
  • Los socios de sociedades laborales y los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado también podrán solicitar ahora la tarifa plana.
  • Las personas con discapacidad, víctimas del terrorismo y/o de la violencia de género podrán beneficiarse de la cuota de 50 euros durante 12 meses, en lugar de los 6 que se establecen para el resto. Después, pagarán el 50% de la cuota durante 48 meses.
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La nueva reforma propone otras modificaciones que mejoran la conciliación de los autónomos, la afiliación de familiares colaboradores, la justificación por suspensión o por cese de actividad de los TRADE (trabajadores autónomos económicamente dependientes de un solo cliente), las bonificaciones por facilitar la incorporación laboral a personas con menor índice de acceso al mercado de trabajo o con riesgo de exclusión social y el apoyo a centros especiales de empleo y empresas de inserción.
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