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miércoles, 9 de abril de 2014

ALEJO VIDAL-QUADRAS ADVIERTE QUE LA REFORMA ELÉCTRICA PUEDE SER CONTRARIA A LA NORMATIVA EUROPEA.

El vicepresidente del Parlamento Europeo, Alejo Vidal-Quadras, ha remitido una carta al secretario de Estado de Energía, Alberto Nadal, en la que asegura que algunos aspectos de la reciente reforma energética pueden ser contrarios a varias directivas europeas. El parlamentario europeo manifiesta en la misiva su "preocupación" por la orientación de la política energética del Gobierno y recomienda "una pronta transposición de la Directiva de eficiencia energética" para corregir "las situaciones que se hayan demostrado contrarias a su espíritu."

En una carta a la que ha tenido acceso Grupo ByR, Vidal-Quadras alude especialmente a la falta de apoyo a la tecnología de cogeneración de alta efieiciencia, promovida y protegida por la directiva 2012/27/UE. Además, cita tres normas recientes publicadas por el gobierno español que pueden ir en contra del concepto de eficiencia energética aprobado en el Parlamento Europeo. La primera de ellas es la Ley 15/2012, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, que impone "importantes impuestos" a la cogeneración.

La segunda norma criticada es el Real Decreto-ley 9/2013, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico. Para Vidal -Quadras, este R.D. "desincentiva la adopción de medidas de ahorro energético por parte de los consumidores, al incrementar los peajes de acceso contribuyendo a desligar el precio de la energía de su nivel de consumo".

En tercer lugar, alude al proyecto de real decreto sobre autoconsumo, cuyo contenido "perjudica enormemente" este tipo de actividad "al imponerle un peaje de respaldo desproporcionado."

Sobre esta base, Vidal-Quadras le ha comunicado a Alberto Nadal que sería "deseable una pronta" transposición de la Directiva 2012/27/UE de eficiencia energética a la legislación española. Con este procedimiento se lograría la "corrección de las situaciones que se hayan demostrado contrarias a su espíritu", concluye Vidal-Quadras, quien le deseó al secretario de Estado mucho éxito en su "difícil tarea".

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EFICIENCIA ENERGÉTICA Y LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS

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LA ENERGÍA COMO FACTOR DE DESARROLLO

El desarrollo económico mundial se ha basado en el consumo intensivo de energía que se ha venido produciendo desde la Revolución Industrial y especialmente en el empleo de energías de origen fósil, que se han ido formando a lo largo de la vida del planeta, por lo que el ritmo de gasto necesario para mantener los niveles de progreso y desarrollo que la sociedad demanda conduce indefectiblemente a su agotamiento en un periodo de tiempo relativamente corto.

Por otra parte, los impactos sobre el clima, producidos por un ritmo de consumo de energías fósiles tan elevado, van a tener un efecto muy negativo sobre los biosistemas del planeta que han hecho posible la biodiversidad y representan, por tanto, un riesgo para nuestra propia especie, como ha puesto de manifiesto en sus sucesivos informes el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático promovido por las Naciones Unidas.

Ante esta situación solo caben dos actuaciones razonables: diversificar las fuentes energéticas, reduciendo de forma progresiva pero drástica la contribución de las energías fósiles a favor de energías renovables, y aumentar significativamente la eficiencia en el uso de la energía.

La primera de las medidas presenta limitaciones y barreras de tipo tecnológico, económico y ambiental que no hace permiten un cambio radical y así lo reconoce la Agencia Internacional de la Energía (AIE) en su último informe del año 2012 al indicar que las energías fósiles seguirán siendo la fuente principal de energía en el año 2050 porque, pese al potencial tecnológico, el progreso de la energía limpia es demasiado lento.

En el World Energy Outlook 2011 la AIE indica que la demanda mundial de energía primaria habrá crecido un 40% en 2035 respecto a 2009 y que el petróleo continuará siendo la fuente principal de energía seguido por el carbón y el gas natural.

No hay, sin embargo, razones fundadas que puedan oponerse a un uso más eficiente de la energía y sí cuantiosos beneficios a favor de esa medida. A título indicativo podemos citar las siguientes: ahorro económico por menor consumo de energía, mejora de la balanza comercial al reducir las importaciones de productos energéticos, aumento de la seguridad energética nacional al disminuir las necesidades de importación de estos productos y reducción de los impactos ambientales, especialmente, de los efectos sobre el cambio climático.
El informe de la AIE antes citado declara que la eficiencia energética debe coadyuvar a recortar dos tercios la intensidad energética (medida como el insumo de energía por unidad de Producto Interior Bruto) de la economía mundial para 2050 y que las mejoras anuales de la intensidad energética deben duplicarse y pasar del 1,2% de los últimos 40 años al 2,4% en los próximos cuatro decenios.

La UE no podía ser ajena a esta problemática y ha apostado reiteradamente por los dos bloques de medidas antes mencionados. Así el Consejo Europeo en su reunión del marzo de 2007 en Bruselas adoptó unos objetivos ambientales a alcanzar en el año 2020, comúnmente conocidos como “20-20-20” cuyo detalle es como sigue:

  • Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 20%, respecto a sus valores de 1990.
  • Incrementar la eficiencia energética para ahorrar un 20% del consumo energético de la UE.
  • Alcanzar un 20% de energías renovables en el consumo de energía de la UE.
  • Alcanzar un 10% de biocombustibles en el consumo de vehículos.

El fuerte compromiso de la UE con la eficiencia energética ha quedado plasmado en la Directiva 27/2012/UE que actualiza en un solo texto disposiciones anteriores para promover el empleo más eficiente de la energía, con carácter general, o la eficiencia energética en sectores concretos como la edificación, por su enorme importancia y las posibilidades de mejora que presenta este sector, responsable del 40% del consumo final de la energía en la UE. La citada Directiva establece un marco común de medidas para el fomento de la eficiencia energética dentro de la UE con el fin de asegurar la consecución del objetivo principal de eficiencia energética de la Unión de un 20% de ahorro para 2020, y a fin de preparar el camino para mejoras ulteriores de eficiencia energética más allá de ese año.

La nueva directiva actualiza y amplia disposiciones que ya habían sido abordadas por otras directivas anteriores que quedan modificadas o derogadas por aquélla:
  • Directiva 2004/8/CE relativa al fomento de la cogeneración sobre la base de la demanda de calor útil en el mercado interior de la energía. Derogada.
  • Directiva 2006/32/CE sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos. Derogada.
  • Directiva 2009/125/CE relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables. Modificada.
  • Directiva 2010/32/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios. Modificada.

La Directiva 27/2012/UE establece una serie importante de medidas para promover la eficiencia energética, entre las que cabe destacar las siguientes:
  • Cada Estado miembro fijará un objetivo nacional de eficiencia energética orientativo, basado bien en el consumo de energía primaria o final, bien en el ahorro de energía primaria o final, bien en la intensidad energética teniendo en cuenta que el consumo de energía de la Unión en 2020 no ha de ser superior a 1.474 Mtep de energía primaria o a 1.078 Mtep de energía final
  • Cada uno de los Estados miembros se asegurará de que, a partir del 1 de enero de 2014, el 3% de la superficie total de los edificios con calefacción o sistema de refrigeración que tenga en propiedad u ocupe su Administración central se renueve cada año, de manera que cumpla al menos los requisitos de rendimiento energético mínimos que haya fijado en aplicación del artículo 4 de la Directiva 2010/31/UE.
  • Los Estados miembros garantizarán que las Administraciones centrales adquieran solamente productos, servicios y edificios que tengan un alto rendimiento energético, en la medida en que ello sea coherente con la rentabilidad, la viabilidad económica, la sostenibilidad en un sentido más amplio, la idoneidad técnica, así como una competencia suficiente.
  • Cada Estado miembro establecerá un sistema de obligaciones de eficiencia energética que velará porque los distribuidores de energía y las empresas minoristas de venta de energía que operen en el territorio de cada Estado miembro alcancen un objetivo de ahorro de energía acumulado, a nivel de usuario final, antes del 31 de diciembre de 2020.
  • Los Estados miembros tomarán las medidas adecuadas para promover y facilitar el uso eficiente de la energía por parte de los pequeños clientes, incluidos los hogares.
  • Los Estados miembros fomentarán que todos los clientes finales puedan acceder a auditorías energéticas de elevada calidad, con una buena relación entre coste y eficacia.
  • Siempre que sea técnicamente posible, financieramente razonable y proporcionado, en relación con el ahorro potencial de energía, los Estados miembros velarán por que los clientes finales de electricidad, gas natural, calefacción urbana, refrigeración urbana y agua caliente sanitaria reciban contadores individuales a un precio competitivo, que reflejen exactamente el consumo real de energía del cliente final y que proporcionen información sobre el tiempo real de uso.
  • A más tardar el 31 de diciembre de 2014, se disponga o se tomen medidas para que se disponga de sistemas de certificación o acreditación o sistemas de cualificación equivalentes, incluidos, si fuera necesario, sistemas de formación adecuados, para los proveedores de servicios energéticos, auditorías energéticas, gestores energéticos e instaladores de los elementos de un edificio relacionados con la energía.
  • Los Estados miembros fomentarán el mercado de los servicios energéticos y facilitarán el acceso a éste de las PYMEs.
  • Los Estados miembros velarán por que la información sobre los mecanismos disponibles de eficiencia energética y sobre los marcos financieros y jurídicos sea transparente y se difunda amplia y activamente a todos los agentes del mercado interesados, como consumidores, constructores, arquitectos, ingenieros, auditores ambientales y energéticos e instaladores de los elementos de un edificio que se definen en la Directiva 2010/31/UE.

LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS ES CLAVE PARA LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA

Según la AIE el consumo energético de los edificios alcanza el 40 % del consumo de energía primaria en muchos países, significando una fuente importante de emisiones de dióxido de carbono. La AIE ha identificado el sector de la edificación como uno de los sectores en los que la reducción del consumo de energía se puede lograr de una forma económicamente más eficiente. El World Green Building Council, por su parte, sostiene que la construcción consume más del 40 % de las materias primas y casi el 40% de la energía y es responsable del 33% de las emisiones de gases de efecto invernadero.

La Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética en los edificios indicaba que el 40 % del consumo total de energía en la Unión corresponde a los edificios, aunque este ratio puede ser inferior en España, según indican diversas fuentes. Así el informe “Eficiencia energética en la rehabilitación de edificios” de la Fundación Gas Natural estima que el consumo de energía de edificios de viviendas y servicios representa el 27,7% del consumo de energía final en España mientras que el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), en su estudio Proyecto Sech-Spahouse, concluye que el 17% del consumo final de energía se produce en el sector residencial.

En España, la eficiencia global en el uso de la energía es aun más baja que en la UE, lo que se traduce en una mayor intensidad energética de la economía. Esta menor eficiencia en el uso de la energía es especialmente llamativa y grave en el sector de la edificación en relación a lo que debiera ser un consumo energético razonable atendiendo a las condiciones climáticas de nuestro país. Diversos informes inciden en este mismo sentido tales como el anteriormente citado de la Fundación Gas Natural o el informe del Grupo de Trabajo sobre Rehabilitación (GTR 2012) “Una visión país para el sector de la edificación en España” coordinado por el Green Building Council España (GBCe).

Con un parque inmobiliario de más de 25 millones de viviendas de las que más del 58% es anterior a 1980 y se han construido sin normas ni códigos de buenas prácticas que garanticen niveles suficientes de calidad y de eficiencia energética, la rehabilitación de edificios es una medida razonable y necesaria para mejorar la eficiencia energética a nivel país. Así lo ha entendido el Gobierno aprobando el 5 de abril de 2013 un paquete legislativo para mejorar la eficiencia energética en la edificación y promover la rehabilitación, la regeneración y la renovación urbanas, con un enfoque integral que pretende mejorar el parque inmobiliario construido a la vez que facilitar la creación de empleo y la generación de actividad económica en el sector. Dicho paquete consiste en las siguientes disposiciones:

  • Proyecto de Ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, aprobado posteriormente como Ley 8/2013 de 26 de junio.
  • Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.
  • Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
  • Real Decreto 238/2013 de 5 de abril por el que se modifica el RITE, aprobado mediante RD 1027/2007.

COMPROMISO DEL COIIM CON LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS

El Colegio Oficial y la Asociación de Ingenieros Industriales de Madrid han venido dando muestras de su compromiso con la eficiencia energética mediante la participación activa en foros a favor de esta materia y el desarrollo de actividades propias, tanto en el seno del Colegio como de la Asociación.

En el año 2010 el COIIM asumió a nivel institucional la dirección del grupo de trabajo del CONAMA 2010 sobre las Empresas de Servicios Energéticos y el Plan de Eficiencia para los Edificios de las Administraciones y numerosos colegiados participaron también, a nivel empresarial o profesional, en diversas actividades sobre áreas temáticas relacionadas con la energía. En noviembre de ese mismo año el COIIM organizó el “I Congreso Profesional de la Energía” en el que se debatieron las cuestiones relativas a las fuentes de energía y al uso de la misma.

En febrero de 2012, en colaboración con la Consejería de Economía, Hacienda y Consumo de Madrid, el COIIM organizo el “Simposio sobre Eficiencia Energética y Empresas de Servicios Energéticos” con el objetivo de abordar el desarrollo de este sector en España desde los ámbitos técnico, económico, medioambiental y social. Ese mismo año el COIIM coordinó el Grupo de trabajo “Eficiencia Energética en Edificios” del CONAMA 2012 con el objetivo de ofrecer una visión global sobre el nuevo marco estratégico de la eficiencia energética, las implicaciones jurídicas que conllevará para las distintas administraciones y la planificación a nivel nacional, centrándose en el alcance de la nueva Directiva 27/2012/UE en el sector de la edificación y especialmente en la rehabilitación.

En el año 2013, la AIIM ha organizado el 26 de abril una conferencia del Director General de Industria y Energía de la Comunidad de Madrid sobre “La estrategia energética de la Comunidad de Madrid”. Las comisiones de Energía y MA del COIIM, por su parte, han organizado el 24 de junio una jornada sobre certificación energética de edificios, a la que seguirán otras iniciativas sobre eficiencia energética y rehabilitación.

Adicionalmente, la Asociación y el Colegio en colaboración con el IDAE han venido impartiendo en 2012 y 2013 los cursos de certificación energética de edificios según los programas CE3 y CE3X para la acreditación de ingenieros como certificadores energéticos de edificios, en base al convenio firmado por el IDEA con el Consejo General de Colegios de Ingenieros Industriales.

La Asociación de Ingenieros Industriales de Madrid y el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid han dado, por tanto, muestras reiteradas de su compromiso con la eficiencia energética, el desarrollo de la actividad industrial y la creación de puestos de trabajo que contribuyan a la reducción del desempleo, el problema más grave de la actual crisis económica en nuestro país.

REHABILITACIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS, NECESIDAD Y OPORTUNIDAD
La rehabilitación de edificios con un enfoque integral es una solución necesaria y oportuna para desarrollar actividad industrial, crear puestos de trabajo en el sector de la construcción y en otros sectores industriales y contribuir significativamente a la mejora de la eficiencia energética en nuestro país.

Siendo de gran importancia la mejora de la eficiencia energética de los edificios, el proceso de rehabilitación debe perseguir objetivos adicionales tales como la mejora de la accesibilidad y de la habitabilidad o la mejora del entorno urbano. En este sentido apunta el proyecto de Ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, antes referido. Según este documento existen 10,7 millones de viviendas en edificios de 4 o más plantas, de los que 4 millones aún no tienen ascensor y un porcentaje muy elevado de viviendas se encuentran en deficiente situación de conservación. Esta situación no parece la más adecuada para cumplir con lo dispuesto por Ley 26/2011 sobre derechos de las personas con discapacidad que obliga a garantizar la accesibilidad.

La rehabilitación integral de edificios es una actividad multidisciplinar, de carácter, esencialmente, industrial y con un alto componente de ingeniería, que incluye la planificación y organización de los proyectos, la aplicación de nuevas tecnologías y materiales y la incorporación de nuevas instalaciones o la mejora de las existentes, cuyos objetivos son la mejora de la eficiencia energética y de la accesibilidad y habitabilidad del edificio así como la mejora del entorno urbano. Los beneficios de una rehabilitación así concebida serán: una mejor calidad de vida para los ciudadanos, un menor gasto en energía de la vivienda y un mayor valor patrimonial del inmueble, según se muestra en la figura que sigue.
La rehabilitación de edificios no ha logrado desarrollarse hasta ahora en España por las barreras evidentes que presenta entre las que se encuentran las de tipo legal, administrativo, social, financiero, técnico y operativo. También cabe citar el escaso arraigo que tiene en nuestro país el deber de conservación como uno de los deberes fundamentales relacionados con el medio urbano, que la Ley 8/2013 regula con carácter uniforme en el marco de las condiciones básicas de igualdad que al Estado compete establecer.
La Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas proporciona soporte legal a las operaciones de rehabilitación y las de regeneración y renovación urbanas, para cuyo desarrollo existían obstáculos legales que impedían su puesta en práctica o, incluso, su propia viabilidad técnica y económica. La citada Ley el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas pretenden flexibilizar y dinamizar el marco legislativo y administrativo para facilitar y promover la rehabilitación, mientras que el Real Decreto 235/2013 sobre certificación de la eficiencia energética de los edificios favorecerá la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

Siendo de gran importancia para el desarrollo de la rehabilitación de edificios la modificación del marco legal y normativo, la actividad no se desarrollará si no se crea una masa crítica suficiente que comprenda y asuma el nuevo modelo de negocio que esta actividad requiere y los beneficios económicos, sociales y ambientales que reporta un esquema de rehabilitación integral. En esa masa crítica deben estar incluidos: instituciones, como comunidades autónomas y ayuntamientos, asociaciones profesionales de la construcción, empresa de materiales y equipos para la construcción, empresas de servicios energéticos, empresas constructoras, instaladores, empresas del sector financiero, colegios profesionales de arquitectos e ingenieros, administradores de fincas urbanas y medios de comunicación especializados del sector inmobiliario y de la construcción.
La eliminación de las barreras más resistentes se producirá, sin embargo, cuando se asuma por parte de todos los agentes que la rehabilitación es una actividad industrial, de carácter multidisciplinar y de rentabilidad razonable pero modesta, que no permite los rendimientos especulativos de la obra nueva, pero que puede convertirse en un pilar importante de la actividad económica y en una fuente significativa de empleo. Se trata además de una actividad con un hondo sentido social, ya que las viviendas que requieren rehabilitación están habitadas por lo general y son, por tanto, necesarias.

La financiación representa también una barrera para el desarrollo de la rehabilitación, por lo que el modelo de negocio debe contemplar todas los posibles flujos de ingresos que la rehabilitación reporta tales como el ahorro energético, la capitalización de las reducciones de CO2 conseguidas o las provenientes de un mejor aprovechamiento del suelo, sin descartar la propia inversión del propietario en la mejora de su patrimonio, de forma directa o con ayuda de las entidades financieras. Un desarrollo de la rehabilitación basada en ayudas públicas no sería razonable ni posible en la actual coyuntura económica, pero tampoco resulta imprescindible.

Mención especial cabe hacer a la importancia de la concienciación social para que los propietarios y los administradores de fincas urbanas comprendan los beneficios que la rehabilitación integral les aporta en términos de mejora de su calidad de vida, de ahorro económico y de aumento del valor patrimonial de su vivienda, ya que su contribución resultará imprescindible para que la rehabilitación se desarrolle a nivel masivo.

Por su profunda formación técnica de carácter generalista con un elevado componente de planificación y organización, por su vinculación con la industria y por su vocación empresarial, los ingenieros industriales deben jugar un papel esencial en el desarrollo de la rehabilitación, bien como coordinadores de proyectos, bien en colaboración con otros facultativos. Materializar esa oportunidad está a nuestro alcance y solo depende de nuestra determinación y voluntad de liderazgo.

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