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viernes, 28 de marzo de 2014

El Director Técnico de GRUPO ByR alerta de la necesidad y obligatoriedad de abordar rehabilitaciones

El Director Técnico de Grupo ByR, Rafael Nieto, se muestra partidario de un “plan RENOVE” dirigido a propietarios y comunidades de vecinos.

Desde Grupo ByR alertamos de la obligatoriedad, por la exigencia normativa, y la necesidad de abordar rehabilitaciones que en edificios residenciales, principalmente, que tengan en cuenta cuestiones de eficiencia energética.

El Sr Nieto, participó en la jornada organizada por nuestro grupo: ¨ la eficiencia en la rehabilitación ¨

A este foro, celebrado en el Salón de Plenos de las instalaciones de Grupo ByR asistieron profesionales de la arquitectura, tanto arquitectos como aparejadores, así como diverso público.

Junto al Sr Nieto, que abrió la jornada haciendo una “aproximación a la Ley de las 3R. De la ITE al Informe de Evaluación de Edificios’, intervinieron dos especialistas en herramientas de uso en la inspección de edificios, accesibilidad y eficiencia energética.

En materia de rehabilitación y eficiencia energética de edificios, el Sr Nieto comentó que son muchos los edificios donde la Ley obliga, antes o después, a intervenir. Señaló, por ejemplo, que de u parque de 26 millones de viviendas que se calcula existe en España, aproximadamente 15 millones son anteriores a la normativa de 1979 que obligó, por ejemplo, a incluir en las construcciones aislamientos térmicos.

Añadió que la normativa de la UE exige también determinados estándares en cuanto a equipamiento de edificios (accesibilidad, etc.), aislamiento térmico y acústico, limitación de la demanda energética, etc.
Coste excesivo

Los expertos calculan que un porcentaje muy elevado del coste energético de España, en torno al 41 por ciento, es atribuíble al consumo de las familias en zonas residenciales, algo que consideran excesivo, teniendo en cuenta además el incremento que se está produciendo en los últimos años en el coste de los combustibles, como el gasóleo, o la energía eléctrica.

El Sr Nieto insistió, al finalizar la jornada y a preguntas de los medios concurridos, en que hay un buen número de edificios “obsoletos”, con más de 35 años, en los que no se ha programado un mantenimiento adecuado: “Se termina el edificio, es habitado y ya está”, explicó, lo que motiva después gastos importantes puntuales a las comunidades de vecinos. En algunos casos es necesaria una rehabilitación energética integral y para fomentarla, teniendo en cuenta además la escasa actividad en el sector de la construcción,

El Sr Nieto se muestra partidario de que las Administraciones Públicas lleven a cabo “una especie de plan RENOVE, bien a través de créditos blandos o bien mediante subvenciones directas”. En su opinión el coste medio no es excesivo y, si se suman las ayudas y el ahorro energético posterior, estaría amortizado en pocos años.
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ITE & IEE

El pasado lunes 18 de noviembre de 2013 se publicó la Orden que modificaba los anexos que debe contener una ITE, ampliando su contenido a dos apartados más:

·             Cumplimiento del CTE-DB- SUA Seguridad de Utilización y Accesibilidad y Decreto 68/2000 sobre   
          accesibilidad.
·             Certificación Energética del Edificio completo

Si bien es cierto que la orden no modifica el nombre de ITE por IEE la realidad es, que sea cual sea el nombre oficial, la ITE pasa a ser un documento mucho más extenso. Hasta ahora se trataba de una inspección y dictamen por parte de técnico competente de las siguientes partes del edificio: estructura, fachada, cubierta e instalaciones relacionadas con el agua, es decir, abastecimiento y saneamiento. A esto ahora hay que añadir los dos puntos mencionados, revisión de la accesibilidad general del edificio y análisis del gasto energético del edificio tanto por la composición de los cerramientos como por el tipo de instalaciones térmicas de las que dispone a nivel individual. Cabe señalar que las dos nuevas ampliaciones de la ITE no implican que su resultado negativo obligue a las comunidades a emprender obras. Solo en el caso de que el dictamen sobre la estructura, fachada, cubierta e instalaciones relacionadas con el agua resulte desfavorable, muy urgente o urgente, se obligará a la comunidad a ejecutar las reparaciones en el edificio ya que pueden poner en peligro la estabilidad y seguridad del edificio.

Por ej: si una comunidad no tiene ascensor, la inspección técnica va a señalar en el anexo de accesibilidad, que incumple la normativa pero no va a obligar a que se instale dicho ascensor. De igual modo, la certificación energética del edificio, puede resultar muy negativa por falta de aislamiento pero la administración no va a obligar a ejecutar ninguna obra de rehabilitación en la fachada. Solo en el caso de que se solicite una subvención a la rehabilitación energética de la fachada se deberán cumplir determinadas exigencias para la obtención de la subvención. Sin embargo, si se detectan entradas de agua en cubiertas o fachadas, estructura en mal estado, fachadas desconchadas o cualquier otra afección se obligará a la reparación inmediata dependiendo de la gravedad en cada caso.
Por tanto, el Decreto 241/2012 inicial que regula las ITES se mantiene en vigor  con las nuevas modificaciones (y otras menos importantes..) y por tanto,  las fechas límite para su ejecución siguen vigentes.
·                 Hasta el 31 de diciembre del año 2013, los edificios construidos con anterioridad alaño 1901.
·                 Hasta el 31 de diciembre del año 2014, los edificios construidos entre los años 1901 y 1940.
·                 Hasta el 31 de diciembre del año 2015, los edificios construidos antes del año 1965 y todos los catalogados 
             restantes.
·             A partir del 31 de diciembre del año 2015, anualmente deberá realizarse la primera Inspección Técnica de los edificios no incluidos en los apartados anteriores que tengan una antigüedad superior a los 50 años y las segundas y posteriores antes de transcurrir los diez años de la primera o posteriores inspecciones.


Hasta la fecha solo algunos ayuntamientos están ejecutando medidas para informar a los ciudadanos sobre la obligatoriedad de ejecutar la ITE pero si se quiere optar a cualquier tipo de subvención por parte de la administración será requerida a la comunidad en la “ventanilla” como condición a su obtención.
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BREVE HISTORIA DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO DE EDIFICIOS

El pasado uno de junio de 2013, el Ministerio de Industria, Turismo y Energía (Minetur) difundió una nota de prensa según la cual, desde ese día, ya es "obligatorio poner a disposición de los compradores -o arrendadores de edificios o de parte de los mismos (siempre que los alquileres tengan una duración superior a cuatro meses)- un certificado de eficiencia energética". La norma llega once años después de que Bruselas adoptara la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2002 relativa a la eficiencia energética de los edificios.

El Minetur detalla en su nota que el certificado de eficiencia energética de los edificios tiene una validez de diez años y debe evaluar "la eficiencia energética del inmueble (edificio entero o parte del mismo), tanto en términos de consumo de energía como de emisiones de CO2, otorgándole una calificación en una letra que variará de la A a la G, para consumo de energía primaria, y otra letra para emisiones de CO2". Además de la información sobre sus características energéticas, el certificado deberá incluir recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética del inmueble. El objetivo de la medida -explica el Minetur- es "fomentar el ahorro y la eficiencia, así como que el consumidor pueda valorar y comparar la repercusión del gasto en energía y emisiones de CO2 que va a tener su decisión a la hora de comprar o alquilar una vivienda".

El cártel del ladrillo
El paso dado por el gobierno -el paso del certificado- llega apenas 11 años después de que fuera aprobada laDirectiva Europea 2002/91/CE, que ya definiera en Bruselas, a principios de siglo, ese certificado. En el camino, una burbuja que ha conducido al país a la ruina –que ha elevado a Bárcenas a los altares mediáticos– y que ha dejado un parque inmobiliario nacional cuya eficiencia energética es entre preocupante y patética. Dos gobiernos sucesivos -Popular Aznar; Socialista Zapatero- dejaron la trasposición de la directiva en el cajón durante más de una década, España acabó enladrillada y los papeles de Bárcenas, en la portada de todos los diarios y cuajados de números que sugieren que ciertos responsables públicos percibieron presuntamente sobresueldos... digamos... oscuros... procedentes del cártel del ladrillo patrio.

De Aznar y Zapatero
En el camino, pues, mucho, mucho, mucho ladrillo y, lo que es más grave aún, muy mal puesto. Lo decía en diciembre de 2005 -ya ha llovido- Arturo Gonzalo Aizpiri, a la sazón, secretario general para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático: una vivienda nueva en España consume el 40% más de energía que otra construida en Francia, debido a que aquí se "ha abandonado absolutamente" la prioridad del aislamiento y del ahorro energético. La laxitud de las sucesivas administraciones, que no han considerado oportuno trasponer la directiva hasta mucho después de que haya estallado su burbuja inmobiliaria, ha permitido que el cártel del ladrillo haya construido durante demasiado tiempo a su libre albedrío (por cierto, Aizpiri fue eliminado del gobierno -como su jefa, la ministra de Medio Ambiente Cristina Narbona- tras la segunda victoria ZP... Y aquí paz y después gloria).

Hipoteca energética
¿Conclusión de todo ello? Las viviendas consumen en España el 17% de toda la energía del país y las emisiones de gases de efecto invernadero causadas por los edificios han crecido más de un 20% desde 1990. El 38% de los españoles no está satisfecho con el aislamiento contra el calor y el frío de sus viviendas y el 42% también se declara insatisfecho con el aislamiento contra el ruido (encuesta CIS 2010). Más aún: cerca del 60% de las viviendas españolas han sido levantadas "sin ninguna normativa mínima de eficiencia energética" (la primera es de 1979). Todos esos datos -facilitados por el Consejo de Ministros- revelan que la dejación de funciones de unos -Aznar y Zapatero- se trocó durante muchos años en la chapuza de los otros... chapuza en ladrillo que ahora le toca pagar -en kilovatios térmicos- a cada hijo de vecino.

Ahora que ya está todo construido
Lo reconocía el sábado pasado el mismo Ministerio de Industria: "se calcula -decía su nota- que esta normativa conllevará ahorros anuales de aproximadamente 32.000 toneladas equivalentes de petróleo, suponiendo que se realizarán actuaciones de mejora de la eficiencia energética en un 10% de los edificios certificados y se conseguirá un ahorro medio de un 20% con las medidas que se adopten". En fin, chapuza en ladrillo que ahora le toca pagar -en kilovatios térmicos- a cada hijo de vecino, por la culpa de edificios que fueron erigidos sin los aislamientos apropiados. Lo hemos ido contando a lo largo de los últimos meses: "El gas sube casi un 100% en cuatro años", titulábamos en febrero; "El butano, un 100% más caro que los pellets de madera", titulábamos en marzo. Es decir, que a la hipoteca inmobiliaria, se le ha añadido la energética, por la culpa de los laxos.
Lo que dice el ministerio
En fin, que, según la nota difundida el sábado por el Minetur, el usuario que quiera certificar una vivienda deberá contratar los servicios de un técnico competente según el artículo 1.3.P del Real Decreto 235, que serán quienes finalmente realicen la calificación del edificio. El Real Decreto afecta a edificios de nueva construcción y a aquellos existentes que se vendan o alquilen; entre otros, cabe destacar que están exentas de la certificación energética los edificios histórico-artísticos , lugares de culto por actividades religiosas, así como  viviendas  que tengan un uso inferior a cuatro meses al año, como podría ser, por ejemplo un apartamento vacacional.

Certificado para el edificio o vivienda individual
El propietario que quiera alquilar o vender una vivienda tendrá dos opciones:
1.- Certificar de forma individual su vivienda perteneciente a un bloque.
2.- Consensuar con los vecinos y contratar la certificación del bloque completo.
Por otra parte, la calificación energética, deberá estar incluida en toda oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta o el arrendamiento. El registro de los certificados se establece en cada Comunidad Autónoma, a través de los organismos que éstas designen para tal fin.

Edificios Públicos con certificado

Igualmente y como "actuación ejemplarizante" de las Administraciones Públicas, el Real Decreto obliga inicialmente a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 metros cuadrados y que sean frecuentados habitualmente por el público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta de eficiencia energética. La nota del Minetur concluye exponiendo como ejemplo el caso del Complejo Cuzco, lo cual no deja de ser preocupante -si no patético- habida cuenta de la calificación obtenida tras la reforma de la que fue objeto, hace unos meses, ese Complejo, que alberga a los Ministerios de Industria y Economía y parte de los de Hacienda y Administraciones Públicas. Y es que Cuzco solo ha sido capaz de obtener una calificación energética... C.
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10 RAZONES PARA LLORAR POR EL RECIBO DE LA LUZ A PARTIR DE NOVIEMBRE 2013 Y TODO EL 2020

¨ Si, la subida de la tarifa de la luz es un presunto robo o estafa de los
poderes fácticos hacia el ciudadano medio, que tiene que pagar todo
el despilfarro  público que hemos hecho durante la burbuja Inmobiliaria,
es normal, el ciudadano medio es un borrego, y nosotros debemos
debemos aprovecharnos de ello
¨
Tal y como prevé el Gobierno, para el próximo mes de mayo todo el que así lo desee y disponga de un contador inteligente podrá pagar su recibo de la luz con el precio de mercado de la electricidad por horas. Sobre el papel queda bonito, pero ahora toca sudar frío y, además, sin recuperar los 1.160 millones de euros de sobreprecio que el Gobierno ha admitido que hemos pagado por las especulaciones de las subastas trimestrales (recientemente suprimidas) los cuatro últimos años.

Mientras la Directiva europea fija el año 2020 como la fecha para que el 100% de los contadores sea inteligente, nuestro Gobierno es más ambicioso y adelanta la fecha dos años. Según el Plan de Sustitución de Contadores para el año 2018 los 25 millones de contadores domésticos (potencia de hasta 15 kilovatios) habrán de ser inteligentes. ¿Qué problemas surgirán?

1. Desandar lo andado.
La buena noticia es que ya hace tiempo que las compañías comenzaron sus instalaciones. Así por ejemplo, Endesa lleva 4,5 de los 13 millones de contadores inteligentes previstos e Iberdrola, 2 millones de los 10,3 fijados. La mala noticia es que no sirven. Su instalación, según lo pautado por la legislación anterior, únicamente está configurada para tarificar en tres periodos (punta, valle y supervalle), no cada hora. Los más de 6,5 millones de contadores inteligentes instalados habrán de ser modificados. Ni siquiera los sistemas informáticos de las eléctricas están preparados para asumir tal cantidad de datos de facturación.

2. Incompatibilidad.
No existe un estándar homologado para contadores inteligentes. Cada compañía está instalado “tecnología propietaria que no garantiza la compatibilidad en un futuro”. Así lo explica Mauricio Petidier, director comercial de IAP Solutions, empresa de software que lleva años ayudando a montar redes inteligentes por todo el mundo. Este ingeniero superior de Telecomunicaciones apunta, incluso, al uso de algunos protocolos que no cuentan con el apoyo mayoritario de la industria.

3. ¿De quién es el contador?
Los contadores inteligentes se pueden comprar por unos 43 euros o alquilar a un precio que ronda los 0,81 euros/mes (hasta ahora costaba 0,54 euros). Comprarlo parece mala idea, visto que en cualquier momento los cambian para ajustarse a una nueva normativa y, además, si instala el suyo propio deberá modificarlo para adaptarlo a la tecnología propietaria de su proveedor, quedando inservible si cambia algún día de compañía. Asimismo, será de su propiedad, pero no podrá acceder a sus propios consumos.

4. Opacidad en la información.
Uno de los puntos positivos de tarificación por horas es que el usuario puede ver de manera pormenorizada cuánto y cuándo consume energía y así, trata de ser más eficiente. Petidier avanza que “las compañías no abrirán esa información al consumidor ni al mercado y, si lo hacen, probablemente sea cobrando”. En otros mercados como EEUU, los consumidores pueden ver de un modo sencillo y en tiempo real su gasto energético, incluso, a través de sus tabletas.
Javier García Breva, experto en Políticas Energéticas y Presidente de N2E, denuncia incluso que “ya se está incumpliendo la directiva de Eficiencia Energética 2012/27/UE, cuyos artículos 9 y 10 defienden que los usuarios puedan acceder a su información”. García Breva denuncia que ni siquiera la reforma del Gobierno resuelve esta problemática “para que el consumidor acceda a su contador y pueda gestionar su propia demanda energética”.

5. No estará listo para mayo.
El 1 de abril arranca el nuevo modelo, por lo que en mayo deberíamos comenzar a recibir las nuevas facturas. Fuentes de una de las principales eléctricas del país confiesan que “se va a montar tal cisco que estamos todos acojonados”. Según indica este portavoz resignado, “no hay tiempo material para hacer todos los cambios necesarios y luego volverán a decir que somos unos hijos de puta, pero es que así no se puede”.

6. Ahorros cuestionados.
Uno de los argumentos de ‘venta’ de este nuevo modelo es el supuesto ahorro de hasta un 3% en el recibo de la luz y una mayor eficiencia energética. Pretende resolver situaciones como las vividas con el último recibo, en el que el precio de referencia ha sido el del mes de diciembre, que era el doble que el de enero, en lugar de sacar la media.
Mirando a Italia, que fue pionera y ya cuenta con contadores inteligentes en el 85% de los hogares, vemos que el gasto medio por hogar en electricidad creció casi un 35% entre 2002 y 2012 (según el INE italiano). Sólo entre 2006 y 2009, que es cuando se hizo el mayor esfuerzo cambiando 35 millones de contadores, el gasto se incrementó casi un 16,3%.
Además, García Breva advierte de que en última instancia el precio lo seguirán poniendo las eléctricas en función del pool (los diferentes tipos de fuentes de energía), de modo que “es relativamente sencillo producir oscilaciones artificialmente: desconecto un par de centrales y me sube el precio del pool”.

7. Desconexiones remotas.
Con las redes inteligentes no sólo es posible detectar el fraude con mayor facilidad, sino que ante situaciones de impago ni siquiera necesitarán trasladar a los operarios para clausurar el contador. Podrán cortarnos la luz desde una sala de control apretando un botón. Como efecto colateral, se destruirá más empleo pues, aun subcontratado y en precario, no son pocos los lectores de contadores de luz.

8. El Gran Hermano vuelve.
Tarificar por horas no sólo contribuye a una mayor previsión de la demanda, también a definir patrones vitales muy concretos. Viendo el consumo horario de energía es posible conocer a qué hora te levantas, te marchas a trabajar o, incluso, qué es lo primero que haces al llegar a casa. Qué, quién y para qué utilizará esos datos es algo sobre lo que el ministro Soria no ha dicho ni mu.

9. Robo a la carta.
Los más alarmistas advierten sobre robos: A través de esta definición de patrones vitales, los ladrones con habilidades informáticas no necesitarán vigilar las viviendas para averiguar cuáles están vacías y asaltarlas. Bastará con repasar los consumos energéticos por horas.

10. Problemas de salud.


Otro de los temores más extendidos en los países donde ya existe una gran base de contadores inteligentes instalados es el miedo a los efectos nocivos que puedan tener sobre la salud los campos electromagnéticos y las emisiones de radiofrecuencia que transmiten los contadores. Según Global Research, se producen de media unas 9.600 emisiones diarias, con picos de hasta 190.000 emisiones.


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CALEFACCIÓN DE TERRAZAS. TAN ILEGAL COMO FUMAR DENTRO DEL LOCAL

Hoy vamos a tratar un tema que está dando lugar a debates, dimes y diretes a raíz de la polémica ley antitabaco aprobada en este 2011 aquí en España. Me refiero a la climatización de terrazas con las típicas estufas de gas que parecen pequeños faroles y que tienen en su parte superior el foco de calor. En la siguiente imagen se muestra una de ellas:

Ante la prohibición de fumar en espacios cerrados públicos, la masa de fumadores que habitualmente ocupa los bares se ha visto obligada a salir a la calle para continuar con su vicio, arrastrando con ello a una gran parte de la clientela de dichos establecimientos, a los que no les importa salir a la calle con tal de disfrutar de la compañía de sus viciosos acompañantes.
Lógicamente, los hosteleros, ante la masiva huida de la gente hacia la calle, temen la pérdida de estos clientes, así que adaptan las terrazas para que la gente pueda seguir consumiendo en sus locales, cosa que en verano se agradece, pero en invierno, ante la lluvia y el frio, es un problema. He aquí el gran debate: ¿hasta qué punto se pueden cubrir las terrazas con toldos sin dejar de ser espacios abiertos?¿es completamente legal calefactar las terrazas con los medios que se han comentado?
La primera pregunta es de fácil respuesta. Es lógico que se coloque un toldo en la parte superior para evitar que la gente de la terraza se moje si lleve, y ésta sigue siendo un espacio abierto. El problema viene cuando cerramos también los laterales con esos toldos, que aunque sean desmontables fácilmente, están generando un espacio cerrado, por lo que, en cuanto cerramos los laterales, la ley antitabaco es de aplicación y está prohibido fumar, ya que inmediatamente generamos un espacio cerrado.
Hasta aquí tiene cabida poco debate, porque la respuesta es muy objetiva. El problema viene cuando intenta dársele respuesta a la segunda pregunta planteada, a la posibilidad de calefactar esos espacios. Del párrafo anterior se desprende que si cerramos los laterales y la parte superior con toldos convertimos la terraza en espacio cerrado y se puede climatizar, como cualquier espacio cerrado, local o establecimiento que se precie. Pero ¿qué pasa si no cerramos los laterales?
Pues bien, atendiendo al Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (el comúnmente conocido como RITE), que es el documento normativo que regula este tipo de instalaciones, y más concretamente a su IT 1.2.4.6.4 Climatización de espacios abiertos, podemos leer que “La climatización de espacios abiertos sólo podrá realizarse mediante la utilización de energías renovables o residuales. No podrá utilizarse energía convencional para la generación de calor y frío destinado a la climatización de estos espacios”. Como el lector comprenderá, el gas utilizado en estas instalaciones no es una energía renovable ni residual.
Para terminar, pedir a los propietarios de este tipo de establecimientos que eviten el uso de estos aparatos, ya que, leyes aparte, están derrochando una cantidad de energía descomunal. Si la conciencia ecológica no es suficiente, han de saber que esta situación es completamente sancionable por las autoridades y desconozco la cuantía de las hipotéticas sanciones, pero no andarían muy lejos de las correspondientes a la violación de la normativa antitabaco.

No puedo cerrar esta entrada sin animar a los fumadores a dejar este hábito tan feo, sucio, caro y nocivo para la salud. Su salud y la de los que le rodean se lo agradecerán.
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