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miércoles, 25 de septiembre de 2019

PROYECTOS DE REFORMA DE LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EN ESPAÑA


 REFORMA  CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA  EDIFICIOS  ESPAÑA
Rafael Nieto Fernández, Nuestro director Técnico nos informa que queda abierto el plazo de información pública no 
solo de las modificaciones 
al Real Decreto 235/2013 
sobre eficiencia energética,  sino también a las del Reglamento  de instalaciones térmicas de 
edificios. 






El 16 de septiembre era fecha tope para presentar  alegaciones. 

El Gobierno abrió el plazo de información  pública sobre los proyectos de modificación de los Reales Decretos 235/2013 de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia  energética de los edificios, y 1027/2007, de 20 de julio, por el que se  aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. 

Los cambios en el ámbito  de la eficiencia energética de los edificios modifican, en primera  instancia, el propio objetivo de la certificación de eficiencia energética.  Éste pasa de centrarse en la "promoción de la eficiencia energética"  a apostar por "la reducción de las emisiones de CO2 en el sector de la  edificación" mediante medidas de eficiencia energética e incorporación de energía renovables.



Además, el ámbito de actuación se aumenta y amplía: "Hasta el momento, afectaba a los edificios nuevos en venta o alquiler y a los de las  administraciones públicas con una superficie superior a 250 m2 y frecuentados por el público. Con el cambio normativo,  también es aplicable a todos los edificios de administraciones públicas  con más de 250 metros cuadrados, independientemete de que estén abiertos a los ciudadanos, a los inmuebles privados de más de 500 m2 de uso administrativo, comercial o de pública concurrencia (cultural, restauración, transporte...), así como, a los edificios que realicen reformas de una cierta envergadura".



Por otro lado, y para mejorar la calidad de los certificados, se exigirá que 
un técnico competente realice, al menos, una visita al inmueble para tomar 
los datos, pruebas y comprobaciones necesarias para realizar el certificado 
de eficiencia energética de forma exhaustiva.

En este sentido, se crea un Registro Administrativo Centralizado de informes 
de evaluación energética de los edificios en formato electrónico para que 
las administraciones encargadas de la política energética puedan contar con 
información estadística sobre el estado energético de la edificación en España.

Es decir, según nuestro director Técnico, Rafael Nieto Fernández ¨el certificado energético en España seguirá siendo un mero instrumento estadístico ¨quedando vacio de cualquier otro contenido más útil para los ciudadanos y por supuesto vacio para la consecución del objetivo 20-20-20, en fin, una pena...¨

Las modificaciones propuestas, señalan que "los incentivos financieros para la 
mejora de la eficiencia energética deberán estar vinculados a la consecución de 
ahorros demostrables a través de la mejora en la calificación energética, u otras vías alternativas".

REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS
"Con la actualización del Reglamento se exigirá que memorias técnicas y 
proyectos de instalaciones térmicas de edificios conectados a redes de calor 
o frío incluyan información de las redes como la potencia y la procedencia de 
la energía - si es renovable o no-, lo que permitirá mejorar el conocimiento sobre las redes de frio y calor", alegan desde el Ejecutivo.

Además, en el diseño de sistemas de 
climatización para nuevos edificios se deberán 
analizar las opciones que ofrecen los "sistemas 
de climatización pasivos" que permiten acercarse 
a condiciones térmicas de confort sin usar energía adicional (orientación, ventilación o protección solar, por ejemplo).

En este caso, algunos de los cambios normativos 
que traería esta actualización del Reglamento es 
que "para las instalaciones de más de 70kW, las 
empresas de mantenimiento tendrán que aumentar el nivel de información que proporcionan a sus  clientes, facilitando a los titulares del edificio datos 
de la energía por uso (calefacción, refrigeración,  agua caliente sanitaria) y por fuente, lo que les permitirá consultar con  otras empresas proveedoras de servicios energéticos para conocer alternativas  que mejoren la eficiencia energética y reduzcan los gastos energéticos".

Por su parte, los edificios de más de 1.000 metros cuadrados de uso  administrativo, comercial, de restauración, cultural y transporte (estaciones y aeropuertos) deberán exhibir de forma visible al público, la información del consumo energético durante los últimos cinco años para que los usuarios conozcan, por ejemplo, la evolución del consumo energético y la incorporación de energías de origen renovable.

Cabe mencionar que, con la modificación del Real Decreto, también se adapta 
la norma a los reglamentos europeos en materia de ecodiseño.


MODIFICACIONES

Los cambios legislativos propuestos, Tal y como señalan desde el Ministerio  para la Transición Ecológica, "se deben  a la entrada en vigor del nuevo paquete legislativo de energía y clima a nivel europeo y, en concreto, a la Directiva 2018/844 que actualiza la normativa sobre eficiencia energética en los edificios, y a la Directiva 2018/2002 que actualiza la directiva de eficiencia energética, y a laDirectiva 2018/2001 de energías Renovables".


Asimismo, las modificaciones en trámite de información pública hasta el próximo 16 de septiembre, buscan adaptar la normativa al Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC): "El Plan contempla un impulso tanto en materia de eficiencia energética como en la introducción de energías renovables en la climatización. Se incorporan, además, actualizaciones y matices de carácter técnico, como la adaptación al nuevo Código Técnico de la Edificación", destacan desde el Ministerio.

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