PENA DE PRISIÓN PARA EL EX-ALCALDE DE BRENES POR CONCEDER LICENCIAS ILEGALES
El es alcalde de Brenes Manuel Moreno Noa (PSOE)
y su concejal delegado del área de Sostenibilidad Urbana, Rosanilo Daza
Pastrana han sido condenados a un año y medio de cárcel por conceder licencias de primera ocupación ¨
manifiestamente ilegales ¨ para sendas viviendas, a pesar de los informes
en contra de los servicios urbanísticos municipales.
La sentencia a la que ha tenido acceso nuestro
director Técnico Dº Rafael Nieto Fernández, con fecha de 31 de Julio, condena
además a ambos a cinco años de inhabilitación especial para el
desempeño de empleo o cargo público relacionado con la actividad urbanística y
al pago de una multa de 2.700 euros por un delito continuado de prevaricación
urbanística.
El magistrado considera probado, en relación a la
primera de las viviendas en construcción, una casa unifamiliar
ubicada en la calle Cantillana, que el promotor solicitó una licencia de
edificación en noviembre de 2009, de manera que, tras la subsanación de
determinados defectos informados por los técnicos municipales, que determinaron
inicialmente la denegación de la licencia por parte del anterior alcalde, la Junta de Gobierno Local
concedió finalmente licencia urbanística de edificación en
marzo de 2010.
Ya en mayo de 2011, dicho promotor solicitó
licencia de ocupación, para lo que aportó un certificado final de la
dirección de la obra suscrito por dos arquitectos que aseguraban que la
edificación había quedado terminada bajo su dirección de conformidad con el
proyecto aprobado por la anterior licencia de obras.
Sin embargo, el arquitecto municipal informó
negativamente a la concesión de la licencia de ocupación
"por no estar finalizada la obra, aparte de sin enfoscar ni pintar",
informe al que atendió el anterior alcalde para denegar la licencia el 19 de
mayo de 2011.
Obras no ajustadas al proyecto
Tras ello, en octubre de 2011, el arquitecto
municipal informó nuevamente "reiterando que no se había terminado la
vivienda, y que además las obras realmente ejecutadas no se ajustaban
al proyecto y la licencia de edificación", pues había un "notorio
exceso" de 161
metros cuadrados, 150,98 de los cuales no eran
legalizables por exceder de la edificabilidad máxima de la parcela.
De su lado, el secretario municipal alertó de que
la obra ejecutada "era disconforme" con la licencia
de obras e "imposible" de legalizar, por lo que advertía al alcalde
de que no debía conceder la licencia de ocupación.
Ambos técnicos propusieron al exalcalde que debía
incoarse expediente para restituir el suelo a su realidad física originaria,
imposición de multa e incoación de expediente sancionador.
'Arbitraria'
"No obstante la claridad de los dos
informes, el técnico y el jurídico, advirtiendo de la imposibilidad de conceder
la licencia de ocupación", y "sin justificar
mínimamente una propuesta discordante con los criterios técnico y
jurídico", el concejal condenado propuso "de manera arbitraria"
al entonces alcalde que concediera la licencia, "a sabiendas de la
imposibilidad de dicha concesión".
De su lado, el ya exalcalde, "perfectamente
consciente de la manifiesta injusticia de otorgar la licencia y
tomando en consideración expresamente en su resolución las graves
objeciones de legalidad que se le indicaban por sus técnicos, no
solamente denegó la propuesta de incoar los expedientes de reposición de la
legalidad y sancionador, sino que concedió la licencia de ocupación".
En relación a la segunda de las viviendas,
ubicada en la avenida de Portugal, el juez dice que el procedimiento "fue
casi idéntico", pues pese a los informes desfavorables emitidos
por el arquitecto y el secretario municipales, el exconcejal imputado
"propuso de forma arbitraria" al exalcalde la concesión de la
licencia "manifiestamente ilegal".
Tras ello, el exalcalde "no sólo denegó el
inicio de expediente de reposición de la legalidad y
sancionador que le había sido propuesto por el técnico municipal, sino que
también resolvió conceder la licencia de ocupación a sabiendas de que su
comportamiento era ilegal".
El juez concluye que las licencias de
ocupación "son claramente contrarias a la normativa de
planeamiento", añadiendo que el coste de reposición del suelo a su estado
originario se ha tasado en 53.000 euros para la vivienda de la calle Cantillana
y en 25.000 euros para la de la avenida de Portugal.
"Solamente tras la incoación de una investigación
preprocesal de la
Fiscalía, los acusados tomaron iniciativas para la revisión
de oficio de las licencias ilegales descritas en la restauración del suelo a su
estado compatible con la legalidad", de manera que ambas licencias de
ocupación fueron declaradas nulas en 2013 por resolución del pleno municipal.
En el juicio celebrado el 10 de abril, el
entonces alcalde aseguró que firmó en octubre de 2011 la concesión de las
licencias de primera ocupación para dos viviendas "sin mirar" la documentación
que acompañaba a las mismas, en las que se incluía los informes en
contra del arquitecto y del secretario municipales, ya que no tenía tiempo para
detenerse en cada uno de los "20 o 30 expedientes" que le llegaban
diariamente a través de un programa informático.
'A ciegas'
"Desconozco los tecnicismos y
no entiendo mucho de urbanismo", señaló entonces Moreno Noa, que agregó
que firmó la concesión de dichas licencias porque tenía
"confianza" en sus subordinados y entendía que "habían pasado
todos los filtros y que venían con todos los parabienes". "No tenía
por qué mirar los expedientes porque no entiendo sus tecnicismos",
apostilló.
Frente a ello, el juez considera que
"resulta difícilmente sostenible el que se haya
instaurado un sistema que deje reducida la labor del máximo responsable del
Ayuntamiento a una firma a ciegas sin acceso a los documentos del expediente, y
ni tan siquiera a los informes técnicos o del secretario de la
corporación".
A su juicio, "no puede considerarse que una
persona que asume una responsabilidad como la de ser alcalde
de un ayuntamiento pueda ampararse en el hecho de desconocer el funcionamiento
y delegar completamente su responsabilidad en la confianza que le merece el
personal de la corporación municipal".
Y es que "no se trata de Moreno Noa ni
ningún otro alcalde sean responsables de la adecuada tramitación de los expedientes
urbanísticos o que hayan de tener conocimientos técnicos en materias
en las que pueden no ser especialistas, sino que han de valorar los datos que
se les ofrecen y entre estos cobran una muy especial relevancia los informes
técnicos y jurídicos del secretario de la Corporación".
Además, "no se puede olvidar de que se está
hablando del ayuntamiento de una localidad como Brenes que, como el propio
Moreno Noa admite, no produce un volumen de documentos a firmar diariamente que
pueda considerarse mínimamente importante, de manera que no
puede en modo alguno excusarse en que dicho volumen impedía o dificultaba la
comprobación de los elementos esenciales de los actos que se sometían a su
aprobación", asevera el juez.
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