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miércoles, 16 de abril de 2014

EL CERTIFICADO ENERGÉTICO EN EDIFICIOS PÚBLICOS

 Todo en Certificación Energética de edificios
"El gasto de energía de los edificios públicos en los países de la Unión Europea supone el 19% del PIB."

En el RD de Certificación Energética, en su artículo 4 obliga a renovar anualmente, desde el año 2014, el 3% de la superficie total de los edificios con calefacción y/o refrigeración que sean propiedad y ocupe la Administración del Estado, cuando la superficie útil sea mayor de 500m2. A partir del 9 de julio de 2015, se aplicará también a edificios de más de 250 m2.

Antes de que finalizase el 2013, todos los estados miembro, estaban obligados a hacer un inventario energético de los edificios públicos sujetos a renovación, según la Directiva 2012/27/UE en el artículo 5.

"El proceso de renovación  debe dar prioridad a los edificios con peor rendimiento energético."

En el inventario aparece la superficie total de los edificios  y el consumo de energía que presentan. La intención de este proceso es sensibilizar a la población ya que, los edificios públicos deberían de ser un ejemplo a seguir para el resto de la población. Por este motivo se deben de priorizar actuaciones de eficiencia energética y energías renovables en edificios públicos como son los colegios, instalaciones deportivas, edificios de experimentación etc. Con ello se conseguiría generar  empleo en materia de eficiencia energética y energías renovables además de reducir las emisiones de CO2 y el consumo de energía, con el consiguiente ahorro económico que conlleva.

Las administraciones públicas, además, tienen la posibilidad y responsabilidad de abrir el mercado de la eficiencia energética, incorporando las exigencias en sus edificios, en los pliegos de contratación elaborados para los concursos públicos de servicios y obras de gestión o rehabilitación energética.


Por ejemplo, Francia, en el año 2009 a través de su Plan Grenelle inició una estrategia de sensibilización ecológica de su sociedad. Este plan incluía la renovación de todos los edificios públicos hasta reducir el 40 % del consumo de energía y 50% de sus emisiones de gases efecto invernadero.
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viernes, 28 de marzo de 2014

BREVE HISTORIA DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO DE EDIFICIOS

El pasado uno de junio de 2013, el Ministerio de Industria, Turismo y Energía (Minetur) difundió una nota de prensa según la cual, desde ese día, ya es "obligatorio poner a disposición de los compradores -o arrendadores de edificios o de parte de los mismos (siempre que los alquileres tengan una duración superior a cuatro meses)- un certificado de eficiencia energética". La norma llega once años después de que Bruselas adoptara la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2002 relativa a la eficiencia energética de los edificios.

El Minetur detalla en su nota que el certificado de eficiencia energética de los edificios tiene una validez de diez años y debe evaluar "la eficiencia energética del inmueble (edificio entero o parte del mismo), tanto en términos de consumo de energía como de emisiones de CO2, otorgándole una calificación en una letra que variará de la A a la G, para consumo de energía primaria, y otra letra para emisiones de CO2". Además de la información sobre sus características energéticas, el certificado deberá incluir recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética del inmueble. El objetivo de la medida -explica el Minetur- es "fomentar el ahorro y la eficiencia, así como que el consumidor pueda valorar y comparar la repercusión del gasto en energía y emisiones de CO2 que va a tener su decisión a la hora de comprar o alquilar una vivienda".

El cártel del ladrillo
El paso dado por el gobierno -el paso del certificado- llega apenas 11 años después de que fuera aprobada laDirectiva Europea 2002/91/CE, que ya definiera en Bruselas, a principios de siglo, ese certificado. En el camino, una burbuja que ha conducido al país a la ruina –que ha elevado a Bárcenas a los altares mediáticos– y que ha dejado un parque inmobiliario nacional cuya eficiencia energética es entre preocupante y patética. Dos gobiernos sucesivos -Popular Aznar; Socialista Zapatero- dejaron la trasposición de la directiva en el cajón durante más de una década, España acabó enladrillada y los papeles de Bárcenas, en la portada de todos los diarios y cuajados de números que sugieren que ciertos responsables públicos percibieron presuntamente sobresueldos... digamos... oscuros... procedentes del cártel del ladrillo patrio.

De Aznar y Zapatero
En el camino, pues, mucho, mucho, mucho ladrillo y, lo que es más grave aún, muy mal puesto. Lo decía en diciembre de 2005 -ya ha llovido- Arturo Gonzalo Aizpiri, a la sazón, secretario general para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático: una vivienda nueva en España consume el 40% más de energía que otra construida en Francia, debido a que aquí se "ha abandonado absolutamente" la prioridad del aislamiento y del ahorro energético. La laxitud de las sucesivas administraciones, que no han considerado oportuno trasponer la directiva hasta mucho después de que haya estallado su burbuja inmobiliaria, ha permitido que el cártel del ladrillo haya construido durante demasiado tiempo a su libre albedrío (por cierto, Aizpiri fue eliminado del gobierno -como su jefa, la ministra de Medio Ambiente Cristina Narbona- tras la segunda victoria ZP... Y aquí paz y después gloria).

Hipoteca energética
¿Conclusión de todo ello? Las viviendas consumen en España el 17% de toda la energía del país y las emisiones de gases de efecto invernadero causadas por los edificios han crecido más de un 20% desde 1990. El 38% de los españoles no está satisfecho con el aislamiento contra el calor y el frío de sus viviendas y el 42% también se declara insatisfecho con el aislamiento contra el ruido (encuesta CIS 2010). Más aún: cerca del 60% de las viviendas españolas han sido levantadas "sin ninguna normativa mínima de eficiencia energética" (la primera es de 1979). Todos esos datos -facilitados por el Consejo de Ministros- revelan que la dejación de funciones de unos -Aznar y Zapatero- se trocó durante muchos años en la chapuza de los otros... chapuza en ladrillo que ahora le toca pagar -en kilovatios térmicos- a cada hijo de vecino.

Ahora que ya está todo construido
Lo reconocía el sábado pasado el mismo Ministerio de Industria: "se calcula -decía su nota- que esta normativa conllevará ahorros anuales de aproximadamente 32.000 toneladas equivalentes de petróleo, suponiendo que se realizarán actuaciones de mejora de la eficiencia energética en un 10% de los edificios certificados y se conseguirá un ahorro medio de un 20% con las medidas que se adopten". En fin, chapuza en ladrillo que ahora le toca pagar -en kilovatios térmicos- a cada hijo de vecino, por la culpa de edificios que fueron erigidos sin los aislamientos apropiados. Lo hemos ido contando a lo largo de los últimos meses: "El gas sube casi un 100% en cuatro años", titulábamos en febrero; "El butano, un 100% más caro que los pellets de madera", titulábamos en marzo. Es decir, que a la hipoteca inmobiliaria, se le ha añadido la energética, por la culpa de los laxos.
Lo que dice el ministerio
En fin, que, según la nota difundida el sábado por el Minetur, el usuario que quiera certificar una vivienda deberá contratar los servicios de un técnico competente según el artículo 1.3.P del Real Decreto 235, que serán quienes finalmente realicen la calificación del edificio. El Real Decreto afecta a edificios de nueva construcción y a aquellos existentes que se vendan o alquilen; entre otros, cabe destacar que están exentas de la certificación energética los edificios histórico-artísticos , lugares de culto por actividades religiosas, así como  viviendas  que tengan un uso inferior a cuatro meses al año, como podría ser, por ejemplo un apartamento vacacional.

Certificado para el edificio o vivienda individual
El propietario que quiera alquilar o vender una vivienda tendrá dos opciones:
1.- Certificar de forma individual su vivienda perteneciente a un bloque.
2.- Consensuar con los vecinos y contratar la certificación del bloque completo.
Por otra parte, la calificación energética, deberá estar incluida en toda oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta o el arrendamiento. El registro de los certificados se establece en cada Comunidad Autónoma, a través de los organismos que éstas designen para tal fin.

Edificios Públicos con certificado

Igualmente y como "actuación ejemplarizante" de las Administraciones Públicas, el Real Decreto obliga inicialmente a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 metros cuadrados y que sean frecuentados habitualmente por el público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta de eficiencia energética. La nota del Minetur concluye exponiendo como ejemplo el caso del Complejo Cuzco, lo cual no deja de ser preocupante -si no patético- habida cuenta de la calificación obtenida tras la reforma de la que fue objeto, hace unos meses, ese Complejo, que alberga a los Ministerios de Industria y Economía y parte de los de Hacienda y Administraciones Públicas. Y es que Cuzco solo ha sido capaz de obtener una calificación energética... C.
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jueves, 27 de marzo de 2014

🔊🔊¿QUÉ GANO YO SABIENDO LA CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DE LA CASA EN LA QUE VIVO?🔊🔊

#GrupoByR
Con ya casi un año de recorrido desde la aparición del RD 235/2013, desde  #GrupoByR  y #RafaelNieto nos decidimos por apunta las ventajas e incovenientes de contar con una etiqueta energética para una vivienda o inmueble.

De muestra, un par de botones: ¿cuáles son las ventajas para los propietarios del edificio/vivienda?

1. Información. La calificación energética otorga información al propietario sobre su bien inmueble. La información le permitirá tomar medidas para mejorar el comportamiento energético del edificio o vivienda de la que es propietario.
2. Factor de competitividad. La mejor clasificación otorga a la vivienda un factor de competitividad extra. Al igual que ocurre con otros bienes como los electrodomésticos, una vivienda más eficiente será más competitiva en el mercado.
3. Aumento del valor patrimonial. Las viviendas en las que se lleven a cabo medidas de mejora de la eficiencia energética obtendrán una calificación energética mejor (de la A a la G), que aumentará el valor patrimonial. La etiqueta energética lo pondrá de manifiesto al mostrar la calificación energética en los anuncios publicitarios.
4.- Herramientas para la toma de decisiones: la etiqueta da al propietario de un inmueble, la opción, posibilidad y conocimientos para decidir sobre la conveniencia o no de rehabilitar energéticamente su vivienda.

¿Cuáles son las ventajas para los usuarios del edificio/vivienda?
1. Información. Para el usuario del edificio la información es muy relevante, dado que asume el pago de las facturas energéticas. Además, es un derecho otorgado al consumidor por la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007).
#GrupoByR2. Capacidad de elección. El futuro comprador o arrendatario conocerá la "eficiencia energética" de la vivienda antes de decidir. Al precio de venta o a la renta mensual del inmueble se incorporarán la "hipoteca energética" como un factor más a tener en cuenta.
3. Mejora en la economía doméstica. Habitar en una vivienda energéticamente más eficiente supone un ahorro económico que permite disponer de mayores recursos para dedicar a otros usos (alimentación, ocio, etcétera).
4. Mejora en el confort y la calidad de vida. No todo es económico. Por ejemplo, una vivienda mal aislada, no proporciona confort al usuario y es vulnerable frente a la aparición de condensaciones (humedades o podredumbre), con las consecuencias que ello tiene sobre la salud.


Más información en: Grupo ByR

OTROS VÍDEOS DEL CANAL #GrupoByR
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lunes, 24 de febrero de 2014

Multas a inmobiliarias Navarras por el certificado energético

Se observan anuncios publicitarios sin etiqueta de calificación energética", explica el informe técnico que ha dado pie a la apertura de al menos cinco actas de inspección que podrían derivar en sanciones. Así se las gasta el departamento de Economía e Industria con las inmobiliarias que no publicitan de manera conveniente los documentos que acreditan el consumo y emisiones de la vivienda que se comercializa en venta o en alquiler.
En principio estaríamos hablando de una infracción leve penada de 300 a 600 euros aunque las inmobiliarias confían en que lo expedientes no se traduzcan en sanciones. Lo cierto es que la veda se ha abierto y el plan de inspección comunicado a las asociaciones inmobiliarias plantean controlar hasta cinco empresas por semana. Las inmobiliarias, tanto en sus escaparates, como en sus webs, así como en los portales de Internet inmobiliarios, deben publicitar desde el pasado día 1 de junio la etiqueta energética de los inmuebles objeto de compraventa o arrendamiento. De este modo, aunque los propietarios de pisos y locales serán los responsables de encargar y conservar el certificado de eficiencia energética si bien las agencias también están obligadas en los portales de Internet inmobiliarios, y en los escaparates de las agencias inmobiliarias a publicitar el certificado, al menos la letra correspondiente (de la A a la G) y cantidad de emisiones.
Rafael Nieto, Director Técnico de Grupo ByR, destaca que aunque algunas de las viviendas no tienen a la vista el certificado no significa que no exista porque "es obligatorio presentarlo en las escrituras y en los contratos de alquiler". "El problema es que muchos propietarios no quieren asumir ese gasto, por ejemplo viviendas muy antiguas en calles como Calderería o Rochapea Vieja que se venden con la intención de que el comprador asuma una rehabilitación integral", remarca. "Entendemos que detrás hay un fin recaudatorio, lo lógico sería concienciar de manera constructiva, máxime cuando no se ha hecho ninguna campaña informativa desde el Gobierno.
EL CERTIFICADO

¿Qué es? El certificado de calificación energética de un edificio permite valorar el consumo de energía del edificio y las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas a dicho consumo energía. Es un documento que permite al comprador o arrendador de una vivienda cuánto costará la factura energética de dicho edificio.
¿Desde cuándo? Tras la aprobación del Real Decreto 253/2013 del 5 de abril, el certificado es exigible desde el pasado 1 de junio a todas los contratos de compraventa o arrendamiento (alquileres con una duración superior a los cuatro meses). Es obligatorio que los particulares, inmobiliarias, promotores y bancos publiciten la calificación de cada edificio.
Obligatorio desde 2007. Las viviendas que se han ejecutado desde 2007 cuentan con el certificado energético obligatorio para los promotores.
MULTAS DESDE 300 €

Tras un periodo de implantación de la medida de 6 meses, quien no publicite la venta o el alquiler de las viviendas con este dato se enfrentará a una sanción leve, lo que supone una multa económica de entre 300 y 600 euros. La normativa contempla además otros supuestos, como la falsificación del documento o actuar como técnico certificador sin contar con la habilitación. En caso de sanciones graves o muy graves, la multa económica podrá ascender hasta los 6.000 euros, tal y como recoge la ley estatal aprobada el pasado ejercicio.
SIETE LETRAS

De la A a la G. Esta calificación se expresa gráficamente mediante una etiqueta de eficiencia energética, similar a la de los electrodomésticos, que asigna a cada edificio una clase energética de eficiencia, que va desde la clase A, para los edificios de menor consumo energético, a la clase G, para los menos eficientes.

martes, 11 de febrero de 2014

🏡🏡EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN CENTRADO EN LA REHABILITACIÓN🏡🏡

🏡🏡EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN CENTRADO EN LA REHABILITACIÓN🏡🏡

El futuro del sector de la construcción pasa, necesariamente, por centrarse en la rehabilitación. Esta es una de las principales conclusiones que se extraen de la jornada celebrada ayer en las instalaciones de  #GrupoByR bajo el título 'El momento de la regeneración urbana'. Una serie de conferencias en las que, entre otras cuestiones, se dio cuenta a los asistentes del nuevo Informe de Evaluación de Edificios (IEE) impulsado por el Ministerio de Fomento, una inspección que servirá para desvelar cuál es la situación actual de los inmuebles en España en relación a su mantenimiento, su eficiencia energética, su accesibilidad y su insonorización.

Este nuevo IEE pretende aglutinar a la antigua Inspección Técnica de Edificios y al Certificado Energético en una única inspección, que además incorporará otros aspectos, como el grado de accesibilidad o de ruidos que tiene un determinado hogar. Sobre ello, nuestro
responsable Técnico, #RafaelNieto, explicó que, hasta ahora, la inspección técnica de edificios se ha desarrollado muy precariamente, pese a que todos los edificios con una antigüedad mayor a 50 años están obligados a superarla. Pese a ello, poco más del 1 por ciento de los inmuebles con esta edad cuenta con el citado informe.

Por otra parte, #RafaelNieto recordó que, en la actualidad, aproximadamente el 77 por ciento de los inmuebles presentan una insuficiente accesibilidad y avanzó que en 2015 todas las fincas con más de cuatro viviendas deberán ser accesibles. En Madrid, por tanto, cerca de 340.000 edificios serán susceptibles de tener que acometer algún tipo de obra de adecuación para cumplir la normativa. Sin embargo, fuentes expertas aclararon que no se aplicará de forma radical, ya que existen casos en los que técnicamente podría ser inviable, por ejemplo, instalar un ascensor. Eso sí, será de obligado cumplimiento acometer las mejoras o modificaciones que, con respecto a la accesibilidad, marque el IEE.

#Grupo ByR Reformas
La importancia de contar con este nuevo informe, que desgranará la situación pormenorizada de cada inmueble, radica también en que faculta a los propietarios para poder solicitar las ayudas previstas para la rehabilitación. Es decir, si una comunidad de propietarios tiene que acometer obras de mejora estructurales, reparación de bajantes y humedades o crear una nueva rampa de acceso, no podrá solicitar ayudas a la Administración a no ser que cuente con el citado IEE. Además, se está estudiando el que no puedan realizarse operaciones de compraventa en edificios de más de 50 años de antigüedad que no cuenten con el informe, otra medida de presión para que las comunidades no alarguen más la consecución de este documento. Nieto señaló asimismo que la Federación de Municipios y Provincias ha creado una ordenanza básica para que cada ayuntamiento la adapte a su municipio. Para los profesionales que deban hacer estas inspecciones, arquitectos y aparejadores principalmente, la próxima semana comenzará a funcionar a través de la web del ministerio de fomento un programa informático que servirá de herramienta para elaborar el informe.

Con respecto a las ayudas públicas que podrán recibir los particulares, nuestro Director Técnico #RafaelNieto avanzó que a lo largo de este mes de febrero está previsto que se subscriban convenios con los ayuntamientos que serán los que regulen las concesiones de las subvenciones. A partir de ese momento, los inmuebles que cuenten con la IEE y deseen acometer las obras de mejora podrán solicitar la ayuda de la Administración.

#RafaelNieto, se mostró esperanzado de cara al futuro, pero también crítico. «Hemos oído muchas palabras, pero necesitamos hechos», aseveró. Nieto añadió que el sector está «técnicamente en paro» y lleva «muchos años esperando que los proyectos se desarrollen económicamente», por lo que reclamó agilizar el proceso.


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