- Los siete programas que
lo conforman: subsidiación de préstamos convenidos, ayudas al alquiler, fomento
del parque público de viviendas, fomento a la rehabilitación, fomento de la
regeneración urbana, apoyo a la implantación del Informe de Evaluación de los
Edificios y fomento de ciudades sostenibles.
- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente
térmica.
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones
térmicas y de iluminación.
- Sustitución de energía convencional por biomasa
en las instalaciones térmicas.
- Sustitución de energía convencional por energía
geotérmica en las instalaciones térmicas.
- Las actuaciones objeto de las mismas no deben
haberse iniciado antes de la entrada en vigor del Programa.
- El edificio debe ser existente, por lo que
el año de construcción que figure en la certificación catastral debe ser anterior
a 2013.
- En el caso de edificios de uso vivienda, al
menos un 70% de su superficie construida sobre rasante debe estar destinada
a este uso.
- En el caso de edificios de uso hotelero, deberá
demostrar pertenecer al ?Grupo 681. Servicio de Hospedaje en Hoteles y Moteles
de la Agrupación 68. Servicio de Hospedaje?, establecido en el anexo I del
Real Decreto Legislativo 1175/1990.
- La cuantía máxima de las ayudas se determinará
en función de la tipología de actuación y su coste elegible correspondiente,
de acuerdo con lo que establece el anexo I para cada una de las tipologías.
- Personas físicas y jurídicas propietarias de
edificios de uso residencial (de uso hotelero y de uso vivienda).
- Comunidades de propietarios o las agrupaciones
de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda,
constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de
21 de julio, de Propiedad Horizontal.
- Propietarios de viviendas unifamiliares o los
propietarios únicos de edificios de viviendas que reúnan los requisitos establecidos
en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo
de propiedad horizontal.
- Empresas de servicios energéticos.
- El plazo para solicitar estas ayudas finaliza
el 30 de octubre de 2015 (o con anterioridad a esta fecha, si se agotara el
presupuesto disponible habilitado por el IDAE).
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